"La causa mayor de revoluciones, es que mientras las naciones avanzan al trote, las constituciones van a pie." - Immanuel Kant

sábado, 6 de julio de 2013

Perspectiva del control de constitucionalidad de los tratados públicos

Los tratados públicos en su proceso de evolución han tenido diversas definiciones. Con frecuencia se le asimila con convenios o contrato. 

Atendiendo un concepto generalizado: “el tratado es el acuerdo suscrito entre Estados y entre organizaciones internacionales generalmente por escrito entre dos o más Estados y entre estos y organizaciones internacionales y entre estas últimas”. (Convención de Viena1986). 

En cuanto al derecho interno de los Estados democráticos, socialistas, comunistas o regimenes de  facto acogen los principios y lineamientos del derecho internacional en materia de tratados, contenidos en las convenciones y en las cartas y estatutos constitutivos de las diferentes organizaciones internacionales.

 Los trámites de aprobación de los tratados se ajustan a las convenciones y a los acuerdos internacionales.  La aprobación puede variar en el derecho interno de cada Estado,atendiendo así, la comunidad internacional a la soberanía de los pueblos y las naciones y a la autodeterminación de los mismos. [sigue]

jueves, 4 de julio de 2013

Constitución, Proceso Legislativo y Control de Constitucionalidad

Lic. Rogelio Aviña Martínez.  Algunos derechos reservados G. Canseco
No cabe duda que un proyecto de ley, y más aún los que reforman la Constitución, pueden tener varias ideas matrices. Esto se deduce, entre otras cosas, de la propia Carta Fundamental que habla –en plural-- de “las ideas matrices o fundamentales del proyecto”. Como suele ocurrir, al votar la idea de legislar se pueden votar todas ellas en un solo acto o dividir la votación. Si ocurre esto último es dable presumir que se están votando por separado diversas ideas matrices que contiene el proyecto. Por esto, si una de ellas es rechazada se debe entender que no puede ser renovada sino después de un año para  evitar que se “renueve una tentativa de legislación que repugne la mayoría del país. [sigue]

lunes, 1 de julio de 2013

El control previo de instrumentos internacionales como proceso constitucional

La supremacía constitucional es una calidad política de toda Constitución, en cuanto ella es un conjunto de reglas jurídicas que se tiene por fundamentales y esenciales para preservar la forma política del Estado, su sistema de valores y el sistema de fuentes formales del Derecho. La Constitución asegura y garantiza los principios y reglas que determinan la convivencia en dicha sociedad política. Ella determina las normas fundamentales de carácter sustantivo y establece el procedimiento de creación de las demás normas internas del Estado y la forma de incorporar y darle eficacia a las normas provenientes del Derecho Internacional. La supremacía constitucional afirma el carácter normativo de la Carta Fundamental, lo que tiene como consecuencia admitir que las normas inferiores no pueden contradecirla. [sigue]