"La causa mayor de revoluciones, es que mientras las naciones avanzan al trote, las constituciones van a pie." - Immanuel Kant

lunes, 14 de julio de 2014

Claves para una reforma fiscal (por: @hayderecho)

Quizás sea ilustrativo preguntarse ¿que diferencia que existe entre la perentoria exigencia de un atracador en arrebatar la cartera a un viandante en una calle oscura y el embargo de la cuenta corriente bancaria de un contribuyente ordenada por la Administración Tributaria y ello a pesar de que el resultado de ambas actuaciones pueda ser el mismo: obtener su dinero? 

Los rasgos diferenciales de la actuación administrativa son muy relevantes y aunque obvios no está mal recordarlos. La actuación administrativa esta destinada a la financiación de ente/s publico/s para posibilitar el logro de sus fines respectivos, exige el cumplimiento por el contribuyente de una obligación tributaria preestablecida por ley y se desarrolla conforme a un procedimiento legalmente reglado. [sigue]

No hay comentarios:

Publicar un comentario