"La causa mayor de revoluciones, es que mientras las naciones avanzan al trote, las constituciones van a pie." - Immanuel Kant

jueves, 30 de mayo de 2013

Una frase:

“El control preventivo de constitucionalidad es un sistema a través del cual, el Tribunal o Corte Constitucional concreta la revisión del contenido de un proyecto de precepto legal o de reforma constitucional, como de un tratado, para determinar su conformidad con los valores, principios y reglas establecidas por la Constitución antes de integrarse al ordenamiento jurídico.”
- Humberto Nogueira Alcalá

(más sobre esto en   Control Preventivo)

domingo, 26 de mayo de 2013

Problemas de la codificación en México

Rogelio Aviña Martínez.  Algunos derechos reservados por Gabriele 

La nueva idea de la codificación por la que me pronuncio implica dinamismo y cambios, pero no una descodificación que desemboque en una legislación dispersa, atomizada y caótica.

Adoptar esta idea de codificacion dinámica vuelve relativos los defectos y los inconvenientes dque los defensores de la common law reprocha na nuestro sistema. [sigue]

sábado, 25 de mayo de 2013

Atribuciones del Defensor del Pueblo

La experiencia del sistema de control de constitucionalidad de las leyes pone de manifiesto que, muchas veces, el contenido de leyes muy discutidas puede llegar a verse modificado por el propio poder legislativo antes, incluso, de que el Tribunal Constitucional tenga la oportunidad de pronunciarse al respecto. Y no hay que olvidar que entre las atribuciones del Defensor del Pueblo destaca la facultad de efectuar propuestas y sugerencias de modificación normativa, incluso al Parlamento, cuando cree que es posible adaptar una ley para lograr su mejor conformidad con los principios constitucionales y, muy especialmente, con el catálogo de derechos y libertades fundamentales que estructura el sistema democrático. [sigue]

jueves, 23 de mayo de 2013

Jueces

Rogelio Aviña Martinez. Algunos derechos reservados por  nick.garrod
Los jueces, por regla general, cumplen una función de realización de los valores democráticos y de control del poder público, porque con sus sentencias contribuyen a una sociedad más justa y a un mejor gobierno.

En torno a esa postura, han surgido movimientos de jueces, que a través de sus sentencias, buscan afianzar los derechos fundamentales con el objeto de hacerlos efectivos en los estados democráticos, con acontece en España con Jueces para la Democracia; en Italia con la Magistratura Democrática y el Movimiento de la Justicia; y en toda Europa con los Magistrados Europeos para la Democracia y las Libertades.

En México, es posible sostener que los jueces federales contribuyen en la construcción de la democracia y han cumplido el papel histórico de respeto y defensa en materia de derechos fundamentales. [sigue]

miércoles, 22 de mayo de 2013

Regulaciones laborales

Rogelio Aviña Martinez. Algunos Derechos reservados por  ElMarto
Las regulaciones laborales son uno de los factores que estructuran el trabajo como relación social, pues el contenido de la legislación del trabajo es un buen indicador del estado de la relación de poder entre capital y trabajo asalariado y también es un elemento que configura la relación social entre los sexos. [sigue]

martes, 21 de mayo de 2013

Constitucionalidad de los preceptos legales

 Rogelio Aviña Martínez, Algunos derechos reservados por Sudhamshu

Es posible que un precepto declarado constitucional en vía de control preventivo pueda ser impugnado por vía de control represivo ex post inaplicabilidad por inconstitucionalidad, en la medida que en esa hipótesis concreta el precepto declarado constitucional en abstracto pudiera tener una aplicación específica que fuere inconstitucional.  En tal sentido consideramos conveniente que el texto de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional contemple una norma que contenga este principio [sigue]

lunes, 20 de mayo de 2013

Recurso de protección de la jurisdicción constitucional

El principal argumento que suele darse para excluir al recurso de protección de la jurisdicción constitucional, frente al derecho y doctrina comparados que sitúan la tutela de los derechos constitucionales en ella, es la atribución de su conocimiento como competencia de las cortes de apelaciones, esto es, tribunales ordinarios y no especiales de carácter constitucional. Sin embargo, este fundamento se demuestra muy débil si se advierte que el recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad es considerado dentro de la justicia constitucional, a pesar de estar entregado su conocimiento a la Corte Suprema como tribunal ordinario... [sigue]

domingo, 19 de mayo de 2013

Controles constitucionales de tipo preventivo

Rogelio Aviña Martínez,
Fuente: Flickr. Algunos derechos
 reservados por puthoor photography
Los controles constitucionales de tipo preventivo se diferencian de los controles sucesivos o sancionadores, porque actúan antes de que las leyes o tratados internacionales sean definitivos. [sigue]

sábado, 18 de mayo de 2013

Un manifiesto


Los controles constitucionales de tipo preventivo se diferencian de los controles sucesivos o sancionadores, porque actúan antes de que las leyes o tratados internacionales sean definitivos.

Esta situación provoca que estos controles produzcan efectos distintos de los de los controles sancionadores o sucesivos. Así, mientras los controles sancionadores pueden llegar a expulsar una norma del ordenamiento jurídico por considerarla inconstitucional, los controles preventivos por el contrario, solo podrán cuestionar proyectos de una ley o de un tratado internacional que aun no adquieren un carácter formal. Esto significa que precisamente antes de que la ley o el tratado sean definitivos, el control preventivo verifica que esos proyectos normativos no sean contrarios a la Constitución.

Entonces ¿qué tan útil puede resultar un control de tipo preventivo? Para ello, es necesario analizar, primero, si en ese sistema constitucional y entorno político, resulta más conveniente que la revisión de constitucionalidad se realice antes o después de que una ley o tratado internacional sea aprobados. Además es importante considerar la trascendencia y complejidad de los temas que serán objeto del producto legislativo, es decir, si su consenso exige mayor o menor esfuerzo... [sigue]

jueves, 16 de mayo de 2013

Derecho Procesal


Hablar de Estado Constitucional es hablar de los tres principios fundamentales que lo componen y que sin duda son el Principio Democrático, el Principio Liberal y el Principio de Supremacía Constitucional. 

Ahora bien todo Estado Constitucional requiere de una Constitución Política y para que pueda darse la pauta y el método a seguir para poder dar constitución a un estado; es decir crear un estado constitucional, es de suma importancia y primordialmente necesario que exista la división de poderes y el respeto a los derechos humanos como lo son en sentido especifico la igualdad y la libertad, que estos de obvia manera y forma se encuentran contenidos y englobados dentro de los derechos humanos. 

¿Ahora porque es necesario que exista la división de poderes?, Bueno es necesario porque no puede recaer todo el poder en una sola persona es decir al hablar ya de un estado constitucional es hablar de un estado moderno el cual ya cuenta y tiene una constitución en la cual existe el poder ejecutivo el legislativo y el poder judicial, separando facultades jurisdicciones y competencias para tener equilibrio dentro del marco de la legalidad. [sigue]

miércoles, 15 de mayo de 2013

¿Qué utilidad tiene una constitución política?

Rogelio Aviña Martínez. Algunos derechos reservados por portaldelsures

La pregunta seguida es: ¿Por qué a quienes les molesta que se proclamen estos derechos, les preocupa tanto que se hable de derechos humanos o de derechos ciudadanos?

Si quieren acallar a quien habla del tema ¿Por qué lo hacen? Por qué los documento en los que se registra por "casualidad" alguna escena o algún acto atroz contra la humanidad, son desaparecidos o los desaparecen. ¿Qué nos ocultan y por qué? [sigue]

sábado, 11 de mayo de 2013

Los pecados capitales del Notario en materia fiscal


Resulta incuestionable que el notario es el profesional que más se involucra en el Derecho Fiscal. 
Primero como sujeto pasivo de los impuestos propios de su actividad profesional.  El segundo, como colaborador, "sin sueldo de la autoridad fiscal"... [sigue]

jueves, 9 de mayo de 2013

Nueva institucionalidad ambiental


Recogiendo lo expuesto por la doctrina especializada, son al menos dos las consideraciones que deben tenerse en cuenta al diseñar o analizar la institucionalidad con la que se quiera llevar a cabo el objetivo fundamental del Derecho Ambiental, esto es, la protección del medio ambiente. Primero, la transversalidad  o multisectorialidad de la problemática ambiental, y segundo, las funciones o componentes de la acción pública ambiental (política, gestión y fiscalización). 

Esto es importante, ya que la protección del medio ambiente requiere la existencia de organismos especiales que tengan este objetivo por función exclusiva o principal, como un todo armónico, y que por ende sean los encargados de elaborar e implementar políticas integrales de protección con dicho objeto. [sigue]

miércoles, 8 de mayo de 2013

Inaplicabilidad y vicios de Forma. ¿Un problema resuelto?


La discusión acerca de la idoneidad de la acción de inaplicabilidad para revisar los vicios de forma de las leyes generados en el proceso legislativo, que existía cuando esta acción era de competencia de la Corte Suprema, aún tiene asidero. El autor, luego de revisar la reacción de la doctrina a la reforma constitucional de 2005, de la cual se muestra crítico, detecta incoherencias en las sentencias del actual Tribunal Constitucional. Luego propone un marco para solucionar el problema, el que comienza cuestionando la manera en que se ha entendido la acción de inaplicabilidad y el control concreto y finaliza proponiendo posibles soluciones alternativas. [sigue]

martes, 7 de mayo de 2013

Porque estudiar la Deontología Juridica

Hoy en día, vivimos tiempos en los cuales, se han perdido los valores en la sociedad, y los profesionales del derecho, no estamos ajenos a esta situación. Creo firmemente, que las universidades de Derecho, están obligadas a impartir la Deontología Jurídica como una materia obligatoria y de suma importancia. Seguramente se preguntaran, que es la Deontología Jurídica, pues bien es una rama de la filosofía jurídica, que trata sobre la moral del abogado, como debe de ser y como se debe de aplicar el Derecho.

Actualmente, los abogados, tienen una pésima etiqueta social de ser corruptos y de lucrar con su profesión, es por  este motivo muy importante, que los docentes limpien el nombre del abogado, enseñándoles a los futuros abogados, la nobleza, responsabilidad, y deberes que un abogado tiene consigo mismo, con la sociedad, con el Estado y con el Derecho.


Si bien los alumnos necesitan recibir una formación académica sustentada en conocimientos jurídicos, también es necesario que se les imparta la ética y la moral que conlleva tener una carrera profesional.


Si los profesionales del Derecho, imparten la ética, la moral y la Deontología a sus alumnos, lograremos formar una nueva generación de abogados, que mas que buscar un beneficio económico, buscaran resolver las controversias para obtener un bien común, ya que es necesario recordar, que el abogado es un intermediario entre el pueblo y el Estado, por esta misma razón, en vez de manipular el sistema el abogado tiene la obligación de actuar con justicia, con Derecho.


Como conclusión, es necesario que las universidades no tomen como un tema aburrido y fuera de la realidad la ética; sino como un tema que hoy en día es necesario enseñar y fortalecer a los alumnos en valores, para que de poco en poco logremos un México mejor. 

lunes, 6 de mayo de 2013

El ius puniendi como derecho subjetivo estatal de sancionar conductas

El sistema procesal acusatorio es propio de regímenes democrático-liberales. Adopta los principios de relevancia de la acusación, imparcialidad del juez, presunción de inocencia y esclarecimiento judicial de los hechos; así como la oralidad, inmediación, concentración, economía procesal, publicidad y contradicción en el proceso. 

Al mismo tiempo, debe establecer mecanismos jurídicos para garantizar los derechos de las víctimas u ofendidos del delito, sin perjuicio de la implementación de criterios de oportunidad, esto es, la descriminalización de hechos punibles, con la finalidad de evitar la aplicación del poder del Estado donde otras formas de reacción frente a la conducta reprochable pueden alcanzar mejores resultados, consistentes en la adecuación social del hecho, la culpabilidad mínima del autor y la ausencia de prisión preventiva, y la eficiencia del sistema penal a través de la implementación de la denominada justicia alternativa y de mecanismos autocompositivos. [sigue]

domingo, 5 de mayo de 2013

"Estos son los preceptos del Derecho: vivir honestamente, no ofender a los demás y dar a cada uno lo suyo."
- Ulpiano

sábado, 4 de mayo de 2013

El sistema punitivo mexicano ¿Es ineficaz?


Hay quienes proponen aumentar las penas para disminuir la incidencia de criminalidad en nuestra sociedad. ¿Sería ésta una medida efectiva? Permítame exponerle algunas ideas: 


Para imponer una pena es necesario un proceso penal, y para ello, se requiere tener a una persona detenida; el problema a nivel social no es entonces de cuántos años de pena se impondrá a esa persona, sino cuantas personas de las que delinquen llegarán realmente a compurgar una sentencia justa; porque en materia de justicia el orden de los factores sí altera el producto: no es lo mismo condenar a una persona por 100 años, que condenar a 20 personas por 5 años. En otras palabras, el quid de la cuestión justiciable no es cuántos años de castigo se impongan un responsable, sino a cuántos responsables realmente se castiga [sigue]

jueves, 2 de mayo de 2013

¿Qué es la Híper-post-modernidad?


La Modernidad suele señalársele el año de 1600 como el año de su inicio. El principal rasgo que tiene es que el ser humano vuelve a hacer uso de la razón para explicarse la realidad. El principal personaje lo es, Galileo Galilei quien cambia la visión de un sistema planetario con la tierra como su centro, por el de tener, el sistema al sol como su centro. La razón es la base de las ciencias y el Dios católico empieza a dejar de ser el centro unico de la vida de los seres humanos.

Con la Post-modernidad a partir más o menos de 1900 con el pensamiento de Federico Nietzsche, los seres humanos se vuelcan a la ciencia y a la técnica. Con ello alejan, aún más, a Dios como el centro de la vida humana. Los avances científicos y tecnológicos explican muchas de las cosas que, antes no se podían explicar razonablemente. La etapa del Post-modernismo y el nacimiento del Hiper-post-modernismo, está marcada por el surgimiento del uso personal de las comadoras y de la WEB palabra derivada de World Wide Web. [sigue]

miércoles, 1 de mayo de 2013

El derecho a la crítica en el ejercicio de la abogacia

La ley como producto humano sera siempre perfectible,para ello requerimos  conocerla a cabalidad, en sus diversas connotaciones, en sus orígenes y pretensiones, en suma, dominar nuestra disciplina, solo entonces estaremos en la posibilidad de encontrar sus limitaciones de carácter teórico, ello es en todo tiempo, indispensable, solo la critica fundamentada permite el progreso del derecho y el mejoramiento del cuerpo legal.
Eventualmente se interacciona con las leyes, como si fueran productos acabados e inmutables,sin asumir que finalmente son el reflejo de las relaciones de poder  la sociedad,en un momento determinado,amen de lo anterior, el factor humano tanto en su apreciación, como en su aplicación, le dan un sentido,que puede ser sujeto de cuestionamientos.

Como seres honestamente interesados en nuestros semejantes,los abogados estamos comprometidos en una vision amplísima de nuestro entorno, estamos condenados al estudio permanente, a la discusión seria  e informada, a la humildad para reconocer los aciertos de nuestros adversarios, el espíritu crítico nunca puede abandonar nuestras conciencias.