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Rogelio Aviña Martínez. Algunos derechos reservados por alterenfoques. |
Para saber hacia dónde vamos es necesario
saber nuestro origen. En la cultura jurídica
mexicana se ha observado que en las épocas
precedentes se inculcó que las normas que
conforman el sistema jurídico se contienen en
la Carta Magna de México y demás leyes o
códigos influenciados, en que la Constitución
de un país es la pieza fundamental de toda la
estructura del orden jurídico.
Es ella la norma
de validez fundamental de todas las normas
de un orden jurídico. Así, podemos afirmar
que el derecho pertenece formalmente todo,
y sólo aquello, que ha sido promulgado
conforme al ordenamiento constitucional y es
socialmente eficaz
Ahora bien, México es parte de la
comunidad internacional en la que también
se crean normas vinculantes, para lo cual la
propia Carta Magna faculta la celebración de
tratados (artículo 89, fracción X, y 76 fracción
I), que al ser asumidos por el Estado mexicano
comprometen a todas las autoridades frente a
esa comunidad; es decir que ya forman parte
del sistema jurídico mexicano, tanto es así que
la misma Constitución lo prevé en el artículo
133. Así, nuestro país, además de crear sus
normas domésticas, ha suscrito diversos
tratados internacionales en virtud de los
cuales, como se dijo, adquiere la obligación
de respetar, proteger y de cumplir o realizar
lo necesario. [sigue]
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