![]() |
Lic. Rogelio Aviña Martínez. Algunos derechos reservados por sdnorma |
El funcionamiento normativo es una tarea repartidora. Reconocer, interpretar,
determinar, elaborar, argumentar, aplicar y sintetizar normatividades es repartir potencia
e impotencia, beneficiar y perjudicar en marcos de repartos y de distribuciones. Nada de
esta actividad repartidora sucede de manera desinteresada, puede tratarse, sí, de intereses
más o menos económicos.
La teoría trialista del funcionamiento diferencia las tareas ya referidas para
apreciar los despliegues repartidores que se van produciendo en él y de manera destacada
en qué medida cada uno de los sujetos relacionados con el funcionamiento actúa como
repartidor. El repartidor último es el encargado del funcionamiento (de manera destacada
el juez). [sigue]
No hay comentarios:
Publicar un comentario